Desde abril de 2007, son muchas las instalaciones y empresas que tienen una responsabilidad medioambiental, es decir, la obligación en caso de contaminación no autorizada, de devolver la zona afectada a su situación original, cueste lo que cueste de forma ilimitada.
Por tanto, no bastará con indemnizar los perjuicios causados, sino que se está obligado a limpiar los suelos (incluidos los propios), las aguas y reponer la fauna afectada por el vertido accidental o continuado.